Decreto Nº. 7.284/2021.

D. Nº. 7.284/2021.

 

VISTO: El Asunto número 82 de fecha 24 de marzo de 2020: “I. de S. P/Of. 200/2020, remite expediente Nº. 2019-33.639, caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto otorgar Comodato a favor de ANEP fracción Nº. 51 padrón 37.091”.

RESULTANDO:  I) Que por nota de fecha 20/08/2019, el Consejo Directivo Central de ANEP solicitó a la Intendencia de Salto la suscripción de un contrato de comodato, por el plazo de 30 años, de la fracción 51, de 2.987 metros, 50 decímetros, del padrón Nº. 37.091 de la localidad catastral Salto, para la construcción de una escuela de nueve aulas en la modalidad de contratación de Participación Público Privado.

II) Que por resolución de fecha 14/11/2019 la Intendencia de Salto, resolvió otorgar en comodato precario a favor de ANEP, la fracción 51 del inmueble antes referido, según surge de fs. 30 y 31.

III) Que en el numeral 2 de la citada resolución se dispuso que cumplidos los trámites de estilo, deberá remitirse mensaje a la Junta Departamental solicitando anuencia para suscribir comodato del inmueble  por el plazo de 30 años.

IV) Que con fecha 04/12/2019 se suscribió contrato con ANEP, otorgando en comodato el bien inmueble referido por el período de la actual administración departamental (fs. 36 a 39).

CONSIDERANDO: Que a efectos de implementar las obras previstas por ANEP y de acuerdo al informe de Escribanía, corresponde otorgar la anuencia para la celebración del comodato mencionado, por el plazo de 30 años.

ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y a solicitud de la anuencia respectiva.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para celebrar contrato de Comodato por el término de 30 años, a favor de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), sobre la fracción 51, del inmueble urbano padrón número 37.091, localidad catastral Salto, de una superficie de 2.987 m2, 50 decímetros, según proyecto de amanzanamiento y fraccionamiento parcial del inmueble, según el Ing. Agrim. Jorge R. Lanza de abril de 2019, obrante a fs. 13.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «TEATRO LARRAÑAGA» EN SALTO, A DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sr. Mario Furtado

Presidente    

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General 

Salto, 17 de junio de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.283/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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